“GANADERIA
ECOLOGICA:
BUENA
POR Y PARA LA NATURALEZA”
La ganadería ecológica se define como ”el conjunto de
técnicas agrarias que tienen como objetivo básico la producción de alimentos de
alta calidad, fomentando el respeto al medio ambiente, el bienestar animal, la
biodiversidad, la salud de la población y el desarrollo de las poblaciones
rurales”.
El principio esencial de la ganadería ecológica es
la gestión de las explotaciones agrícolas en consonancia con la naturaleza, de
ahí el estrecho
vínculo entre el medio físico y los animales, siendo sus reglas
productivas, emanadas de la normativa de aplicación , las siguientes:
- Soberanía productiva de la explotación, la ganadería debe de producir la mayor parte de los alimentos suministrados a los animales.
- Los animales deberán ser preferentemente de razas autóctonas.
- Forrajes ecológicos producidos en la unidad de producción, cuando no sean suficientes tienen que proceder de otras unidades de producción ecológica.
- Los piensos de producción ecológica: elaborados con materias primas procedentes de la agricultura ecológica en una fábrica certificada. En la fase de remate a los terneros no se les pueden suministrar más de 4 KG ternero y día (alimentación equilibrada).
- Respetar el periodo de lactanciaàlos terneros se alimentarán básicamente de leche natural de la madre, y será obligatorio durante un período mínimo de tres meses para vacuno, que en nuestra explotación se alarga hasta los 6-7 meses.
- No transgénicos para la alimentación de los animales no podrán emplearse organismos modificados genéticamente (OMG) ni productos obtenidos de ellos.
- La producción ecológica se basa en la prevención de enfermedades (autorizadas desparasitaciones y vacunaciones básicas) y en la fitoterapia y homeopatía “más vale prevenir que lamentar”.
- La reproducción por métodos naturales, estando autorizada la inseminación artificial.
- Los animales permanecerán la mayor parte del tiempo sueltos.
- Cuando sea necesario transporte de animales rodado se cargarán y descargarán con precaución y deberá hacerse de modo que no se genere estrés o sea mínimo.
- El sacrificio de los animales para producción de carne sólo podrá realizarse en mataderos autorizados por el COPAE (Consejo Regulador de la Producción Ecológica en Asturias).
- La cantidad de estiércol por explotación no deberá exceder los 170 kg de nitrógeno por hectárea de la superficie agrícola utilizada y año.
- La carga ganadera máxima no podrá sobrepasar 2,5 UGM has/ año.
- Manejo de praderas: no abonos químicos ni fitosanitarios.
- La normativa de aplicación afecta a todos los animales y parcelas de la explotación y su cumplimiento será controlado por el COPAE.
Logo del Consejo Regulador de la Producción
Ecológica en Asturias